lunes, 10 de abril de 2017

PULSO SINDICAL EXTRA Nº 26 
LA JORNADA DE TRABAJO

La discusión sobre la jornada de trabajo es de larga data. Mucho antes de la gesta de 1886 en Chicago, ya se discutía sobre este tema. Y se hacían propuestas.

“..En 1760 un filósofo francés, Helvecio, escribía: En la mayoría de los reinos no hay más que dos clases de ciudadanos, una a la que le falta lo necesario, otra que rebasa de bienes superfluos. La primera no puede proveer a sus necesidades más que por un trabajo excesivo. ¿Cómo hacer para devolverle la felicidad?.
Disminuir la riqueza de unos y aumentar la de los otros, Poner al pobre en condiciones tales que con un trabajo de siete u ocho horas pueda subvenir abundantemente  a sus necedades  y a las de su familia.
Esta opinión, que pareciera muy adelantada a su época, era más tarde ratificada por Benjamín Franklin, uno de los líderes de la independencia norteamericana, quien afirmaba que no ya con ocho horas, sino con cuatro horas trabajadas diariamente por cada uno, se crearía la riqueza suficiente como para satisfacer ampliamente las necesidades de todos”. “En 1833, Roberto Owen se pronunciaba en su Catecismo por la adopción de la jornada de ocho horas. Los socialistas utópicos  del siglo XIX hicieron suyas las bien fundadas razones de Owen. En 1840 Cabet se pronunciaba por la jornada de siete horas.
Weitlingt en 1842, opinaba que organizando a la sociedad en forma comunista podría fijarse la jornada de seis horas.                                   
*Día Internacional de los Trabajadores – Un  largo camino de organización y lucha – pagina 56

Podrán compartirse o no estas opiniones, pero lo cierto es que desde siempre se viene demandando una jornada de trabajo digna y siempre se avanzó cuando hubo trabajadores organizados, dispuestos a darlo todo por aquello en lo que creían.
La propuesta levantada por los trabajadores norteamericanos en 1884 y hecha realidad el 1 de mayo de 1886, tenía un objetivo concreto y claro. Conseguir para los asalariados una jornada de 8 horas diarias de trabajo, 8 horas de descanso y 8 horas de recreación. Y esto fue prendiendo en los trabajadores, lo que provocó más y más organización y los hechos por todos conocidos.

Por eso la OIT  se hace cargo y en el convenio N° 1 de 1919 que entra en vigor en 1921, se reconoce el derecho de los trabajadores a trabajar 8 horas por día y 48 semanales.

En Chile este convenio OIT se ve reflejado en el primer código del trabajo de 1931, que así lo indica en el artículo 24 para los obreros y el artículo 125 para los empleados. 
En el caso de los obreros solo se  exceptúan algunos trabajadores, como los de hoteles, que podían estar hasta 12 horas diarias en el lugar de trabajo. En el caso de los empleados se exceptuaba a algunos como los de telégrafo, teléfono, luz y agua, que podían trabajar hasta 56 horas por semana. 
Esto se mantiene casi inalterable hasta 1973.
Es en el primer cuerpo legal de la dictadura donde se establecen normas que rigen hasta ahora y ya sin la separación entre obreros y empleados. 
                                                                                             En lo que respecta a la jornada de trabajo,  se establece que ésta no será mayor a 48 horas semanales (con lo que se elimina la norma que establecía que serían 8 horas por día), se reiteran algunas excepciones (artículo 37) y por primera vez se incluye a los trabajadores de restaurantes y clubes, además de los hoteles, quienes podrán estar hasta 12 horas diarias en su lugar de trabajo (a excepción de los administrativos, lavandería y cocina).
Por último esta ley de la dictadura establece que  las 48 horas no podrán distribuirse en más de 6 días, ni exceder de 12 horas diarias (o sea se podían trabajar en 4 días)                                                                                                                               
En 1987 se mantienen casi inalterable la jornada de trabajo con la sola excepción de que el máximo de 48 horas semanales no podrá distribuirse en menos de 5 ni en más de 6 días (8 y 9,6 horas diarias respectivamente). En ningún caso la jornada excederá de 10 horas por día.
El Código del Trabajo en lo relativo a jornada de trabajo diaria y semanal, así como las excepciones se mantiene inalterable hasta el año 2001, ocasión en que se resuelve bajar la jornada de trabajo a 45 HORAS  semanales ( a contar del año 2005), manteniendo el principio de que podrán trabajarse en no más de 6 ni menos de 5 días (7,5 y 9 horas respectivamente).
En esta ocasión también se baja la excepción a los trabajadores de hoteles restaurantes y clubes  quienes podrán permanecer hasta 12 horas por día y 5 días por semana.

La diputada Camila Vallejo, junto a otros diputados presentó en la primera quincena de Marzo del año 2017 un proyecto ley que busca disminuir la jornada de trabajo de 45 a 40 horas semanales a través de una reducción progresiva que no se detalla (podríamos entender por esto que disminuiría en un tiempo determinado 1, 2,3 o más años), lo que permitiría que al entrar en plena vigencia la jornada diaria fuera de 8 horas si se trabajan en 5 días y de 6,6 horas si se trabajaran en 6 días.
Loable iniciativa que tiene pocas probabilidades de prosperar, habida cuenta de que la jornada disminuyó de 48 a 45 horas  recién hace 12 años y que la norma anterior de 48 horas estuvo vigente por 74 años y por último - y este es el argumento más contundente - porque es el capital el que determina cuando y como hace concesiones en estas áreas.

Y aunque lo anterior sería elemento suficiente para levantar una crítica (aunque concedemos el derecho al parlamentario a presentar el proyecto que se le venga en gana, positivo por cierto si apoya a los más desposeídos) sin duda que hay otras cuestiones que nos llevan a sostener que esto más parece una cuestión publicitaría, que algo destinado a apoyar a la clase trabajadora.

1. Existen leyes aprobadas junto a la derecha que no solo establecen jornadas que superan las 8 horas diarias, si no también excepciones que llevan dichas jornadas hasta 12 horas durante 5 días a los trabajadores de hoteles, o 10 horas diarias para los trabajadores de tiempo parcial.

2.- En mayo del año 2016 fue publicada la ley 20918, aprobada por la diputada, sus copatrocinadores y el Congreso pleno,  ley que establece la posibilidad de cortar la jornada diaria hasta por 4 horas para los trabajadores del turismo (más de 500.000 afectados).

3.-En septiembre de 2016 los mismos diputados y todo el Congreso, aprobaron la ley 20940, que establece que bajo ciertas condiciones se pueda pactar la jornada semanal de 45 horas, hasta en 4 días.

Conclusión: ¿Porque habría que creer que este proyecto de ley va a prosperar en un Parlamento que se ha caracterizado por medidas que favorecen al capital?

Todos estamos por una jornada de 40 horas en 5 días por semana, pero tenemos claro que solo se consigue con trabajadores organizados y dispuestos a luchar por lo que merecen.

Vayan olvidándose  de que esta crítica va contra la o los diputados que suscribieron el proyecto de ley en su condición de comunistas  (salvo que solo ellos hayan suscrito el presente proyecto de ley). 
Es una crítica a un proyecto de ley que difícilmente será aprobado en la forma en que esta plateado  y que si lo fuera (que el derecho de la duda debe otorgarse siempre) y  salvo profundas correcciones al mismo, seguirá siendo discriminatorio para un sector de los trabajadores chilenos, como ya lo hemos expuesto  en este mismo texto.
Es una crítica hacía quienes pudiendo haber hecho mucho más por los trabajadores cuando se discutió la reforma laboral, la aprobaron  y guardaron silencio.
Es más, no se dignaron siquiera a contestar las cartas con argumentos enviadas por organizaciones sindicales, que no adscriben a los partidos o grupos que tienen la responsabilidad de legislar.

Por último, y para que los trabajadores logren entender lo importante que es estar involucrados en temas como estos, no podemos olvidar que esta y otras demandas y aspiraciones de la clase organizada son posibles de concretar en los proyectos de contrato colectivo de trabajo.

Unidad y organización son la base con la que se puede comenzar a cuestionar de verdad al modelo, lo demás es discurso fácil, que no nos ayuda a emanciparnos.  

MANUEL AHUMADA LILLO
PRESIDENTE CGT CHILE


martes, 7 de julio de 2015





DECLARACIÓN PUBLICA
  
A comienzos del siglo XX, llegaron grandes inversionistas de EE.UU. a las minas de El Teniente, Chuquicamata y Potrerillos.
La compañía americana Braden Copper comenzó a operar El Teniente en 1905. En 1916, ésta pasó a ser subsidiaria de Kennecott Copper.
En 1915 empezó la producción de Chuquicamata, con Chile Exploration, que en 1923 pasó al poder de Anaconda Copper Mining.
También subsidiaria de esta última, la compañía Andes Copper Mining inició la explotación de Potrerillos en 1927. www.codelco.cl
En un artículo publicado el 11 de agosto de 1920, por Luis Emilio Recabarren en el diario “El Socialista” de Antofagasta escribió:“Los problemas de la miseria y de la esclavitud no terminarán mientras tanto la clase obrera se resigne a sufrir la actual organización social. Nacionalicemos las industrias extractivas. Nacionalicemos las minas de carbón, las salitreras, los bosques, el cobre, la agricultura,,”  

El primer proyecto de ley de nacionalización del cobre, que se presentó en el Congreso Nacional, fue elaborado por los senadores Salvador Ocampo y Elías Lafertte, el 21 de julio de 1951.
Salvador Allende contempla la Nacionalización de la Gran Minería del Cobre, en sus cuatro programas como candidato a la Presidencia de la República, a partir de 1952.
En 1961, los senadores socialistas Salvador Allende, Raúl Ampuero, Salomón Corbalán, Aniceto Rodríguez, Alejandro Chelén, Adolfo Quinteros y Galvarino Palacios, presentaron el segundo proyecto de nacionalización del cobre, mediante el cual se expropiaba a las empresas norteamericanas según el valor declarado en Impuestos Internos, y se procedía a la creación de la Empresa Nacional del Cobre, que explotaría los bienes expropiados y comercializaría el cobre. Este proyecto, como el de Ocampo y Lafertte, nunca fue objeto de mayor estudio en el Senado.

Esta diversidad de actores políticos que abogaban por la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, permitió que la gran minería del cobre se nacionalizara por la unanimidad del Congreso Nacional, el 11 de julio de 1971, fecha que hasta hoy se conoce como la denominó Allende: Día de la Dignidad Nacional. Con el ‘Sueldo de Chile’, se lograría la ‘Segunda Independencia’ que permitiría construir una nueva economía para resolver todos los problemas sociales y económicos de las generaciones actuales y futuras.     www.defensadelcobre.cl

¿Sigue siendo el cobre de todos los chilenos?
No, actualmente el 70% del cobre chileno es explotado por empresas privadas que no tributan prácticamente nada.. Durante la dictadura, se inició la desnacionalización del cobre, con una serie de normativas que permitieron la llegada de mineras extranjeras ansiosas de obtener jugosas ganancias. Se trata de la ley 18.097 Orgánica Constitucional de Concesiones Mineras, el Decreto 600 para inversión extranjera y el Código de Minería. www.elciudadano.cl 



Al cumplirse un aniversario más en que el gobierno popular de Salvador Allende nacionalizó el cobre el 11 de julio de 1971, obra que fue destruida por la dictadura y los gobiernos de esta falsa democracia, el Comité de Iniciativa por la Unidad Sindical ( C.I.U.S.), convoca a todas  y todos a que nos manifestemos este sábado 11 de julio, a las 12 horas en la Plaza de Armas de Santiago, para exigir que los recursos naturales y en especial el cobre vuelvan a manos de Chile y hacer posible así que derechos sociales como la educación y salud puedan ser garantizados efectivamente para todos. 
Hoy por hoy el cobre está en manos extranjeras y privadas que explotan, más bien saquean el 70% de esta riqueza, despojándonos de recursos económicos valiosos y dejando un desastre ambiental, junto con acaparar el agua, lo que va en contra de la calidad de vida de las comunidades aledañas a los centros mineros. 
Chile tiene recursos suficientes para que sus habitantes tengan una vida digna y esos recursos están en las riquezas naturales que tenemos, esos bienes tienen que ser explotados de manera sustentable, respetando el medio ambiente, estos recursos deben ser usados pensando en el bienestar del pueblo.  Por esto la demanda de la re-nacionalización de los recursos naturales partiendo por el cobre es un acto de justicia y soberanía, donde no solo el Estado debe participar en su administración, sino también los trabajadores y el pueblo. 
El C.I.U.S. se hace parte de este clamor nacional y exige este 11 de julio: EL COBRE PARA CHILE¡¡¡ 


Comité de Iniciativa por la Unidad Sindical, C.I.U.S. 

11 de Julio 2015.